No ha pasado más de una quincena desde que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó el amparo a cuatro individuos, para el efecto de que la COFEPRIS les otorgara un permiso para usar la mariguana con fines lúdicos y recreativos; sin embargo, el asunto ya es tema de debates públicos y también de conversaciones privadas.
Sin duda alguna, la decisión de los ministros integrantes de la Primera Sala de máximo Tribunal Constitucional del país, de declarar inconstitucional la “prohibición absoluta” del consumo de mariguana es un evento histórico, y tal como lo refirió el ministro José Ramón Cossío Díaz, se ha dado un enorme paso por la vía jurisdiccional para la legalización de la droga y la protección de la dignidad de los mexicanos, al garantizarles la libertad de decidir el rumbo de sus vidas, asumiendo elecciones por más que puedan ser cuestionadas bajo una óptica moral.
Sin embargo, para el ciudadano común, es decir, para quienes no son expertos juristas, todavía quedan algunas interrogantes: ¿Significa esta noticia que ahora todos pueden consumir mariguana sin preocuparse por las consecuencias legales? ¿Existe algún riesgo de tener esta droga en nuestro radio de acción cuando sólo es para nuestro consumo recreativo? ¿Se pueden cultivar plantas de mariguana con el fin de consumir la droga de forma personal y por mero entretenimiento?
Para infortunio de muchos, las respuestas a estas preguntas no son las esperadas.
El hecho de que la Suprema Corte de Justicia haya declarado inconstitucional determinados artículos de la Ley General de Salud que prohíben completamente el uso de mariguana, sea cual fuere su finalidad, no significa que cualquiera puede consumir la droga sin pensar en las consecuencias que ello pueda traer consigo, pues el consumo de ella sigue siendo delito, y aunque el criterio de la Corte pueda servir para evitar una condena, esto todavía implica que quien consuma la droga pueda ser sometido a un procedimiento penal, con todas las molestias que ello conlleva.
De la misma manera, tener esta droga en nuestro radio de acción, aun cuando pudiéramos alegar que es para consumo personal y recreativo, o bien, cultivarla en nuestros hogares con esta finalidad, aún está penado todas las legislaciones estatales del país.
Entonces, ¿en qué ha beneficiado la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a los mexicanos que esperan con ansias la legalización del consumo recreativo de la mariguana? En mucho, pues desde la perspectiva judicial, esta resolución ha dado inicio a un proceso jurídico que pudiera concluir en la declaratoria general de la inconstitucionalidad de los artículos que prohíben completamente el consumo de la droga, lo que implicaría que estos ya no sean aplicados en el futuro en perjuicio de los usuarios cotidianos del narcótico.
Por otro lado, viendo el asunto desde un punto de vista político, esta resolución ha abierto el debate en las cámaras del Congreso de la Unión e incluso las legislaturas locales, que pudiera concluir en una transformación del orden jurídico nacional, que asegure, como en muchos otros rubros, la libertad de los mexicanos de tomar decisiones de vida de forma independiente y sin temor a represalias.
Finalmente, desde la perspectiva administrativa, se ha abierto la posibilidad de que la droga, al ser legalizada, importe una nueva categoría de ingresos para la nación, y al mismo tiempo, transforme a individuos que hoy son considerados delincuentes, en empresarios productivos que aporten con sus negocios al sostén de todos los mexicanos.
Basta ser pacientes y esperar a que el proceso iniciado el pasado cuatro de noviembre, en las cámaras de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, rinda sus frutos, como de hecho ya lo está haciendo, pues esta noticia ha puesto a México una vez más, en una posición de vanguardia frente a todos los países latinoamericanos e incluso frente a la comunidad internacional.
Mérida, Yucatán. Noviembre de 2015. Licenciado en Derecho Edgar Abimael Cimé Gómez.